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Veri*factu: qué cambia para autónomos y pymes, y desde cuándo
Veri*factu: las sociedades deben tener su programa de facturación adaptado antes del 1 de enero de 2027 y los autónomos, antes del 1 de julio de 2027.
Llevamos la contabilidad de tu empresa conforme al Plan General de Contabilidad: asientos, apertura y cierre del ejercicio, legalización de los libros y presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Entre los servicios que ofrecemos en Alanda Soluciones Fiscales está el asesoramiento contable, importante como conector de otras áreas de nuestros servicios de asesoría.
Contamos con programas de software contables de última generación, adaptables a las necesidades de cada cliente.
Si buscas una asesoría contable de confianza, contáctanos y luego dedícate a lo importante: tu negocio.
Colegio de Economistas de MadridEstamos colegiados en el Colegio de Economistas de Madrid.
REAF · Economistas Asesores FiscalesSomos miembros del Registro de Economistas Asesores Fiscales, del Consejo General de Economistas.
Punto de Atención al EmprendimientoReconocidos por el CIRCE para crear sociedades y dar de alta autónomos por vía telemática.Los libros obligatorios de una sociedad (diario, inventarios y cuentas anuales, y libro de actas, entre otros) se legalizan por vía telemática en el Registro Mercantil dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio.
Los administradores las formulan en los tres meses siguientes al cierre, la junta las aprueba en los seis meses siguientes al cierre y se depositan en el Registro Mercantil en el mes siguiente a su aprobación. Con el ejercicio cerrado a 31 de diciembre, la aprobación es hasta el 30 de junio.
Sí. Además de llevar la contabilidad, preparamos planes de viabilidad e informes económico-financieros para conocer la realidad económica de tu empresa.
Depende de tu actividad, del volumen de facturas y de si tienes trabajadores. Cuéntanos tu caso por WhatsApp o por teléfono y te preparamos un presupuesto personalizado.

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Veri*factu: las sociedades deben tener su programa de facturación adaptado antes del 1 de enero de 2027 y los autónomos, antes del 1 de julio de 2027.
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Modelos y plazos de 2021 para pymes: retenciones (111 y 115), IVA (303 y 390), pagos fraccionados (130, 131 y 202), Sociedades (200) y modelo 347.
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Modelos y plazos de 2018 para pymes: retenciones (111 y 115), IVA (303 y 390), pagos fraccionados (130, 131 y 202), Sociedades (200) y modelo 347.
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