
15 Jul Campaña de la Renta 2018-2019
- Si destina la venta de un bien a la adquisición de una renta vitalicia (límite de 240.000 euros) está exento a tributar.
- Si su vivienda habitual es alquilada y el contrato de alquiler lo firmó antes del 1/1/2015 tiene derecho a deducción por alquiler de vivienda habitual.
- Si su vivienda la adquirió antes del 01/01/2013 tiene derecho a deducción por inversión de vivienda habitual.
Es posible que Ud. tenga derecho a deducciones fiscales tanto a nivel estatal como autonómico. Por ello, es importante verificar que dispone de la información completa y correcta de sus datos fiscales y asegurarse de que se esta aplicando todas aquellas deducciones a las que Ud. tiene derecho, las más comunes se las hemos enumerado antes.
Nos encontramos en plena campaña de la renta, recordemos que tuvo su punto de partida el pasado 2 de abril de 2019 y que se prolongará hasta el próximo 1 de julio de2019. Sin embargo, el día 27 de junio será la fecha límite para aquellos a quienes les salga a ingresar y quieran domiciliar el pago del impuesto a través de su entidad bancaria correspondiente.
Si aún no tienes tus datos fiscales , puedes hacerlo entrando aqui
Una vez obtenidos tus datos fiscales, si nos los facilita, podremos revisarlo, verificar si estás o no obligado a presentarla y si lo esta, estudiarlos, y plantearte las modificaciones necesarias para posteriormente realizar su inmediata presentación on-line.
¿Cómo puede conseguir el borrador de su declaración de la renta 2018?
- Acercándose a la Agencia Tributaria
- Por teléfono llamando al 901121224 y 915357326
- A través de la página de la agencia tributaria.